Recursos legales promovidos por PAN en San Juan del Río no procedieron: TEEQ
El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro desechó el recurso de recuento que formuló el PAN para el distrito 10 y 11 de San Juan del Río. La petición "no fue clara, precisa y/o específica"
El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro consideró que son improcedentes los recursos iniciados por la representación legal del Partido Acción Nacional (PAN) en el municipio de San Juan del Río, a través de los cuales se pedía el recuento parcial de votos en las casillas del distrito 10 y 11.
El órgano jurisdiccional, al hacer el análisis, explica que la petición formulada por el organismo político “no fue clara, precisa y/o específica, ni arroja argumentos que permitan aducir los motivos por los que -a su consideración- se amerita realizar un recuento parcial”.
La resolución del TEEQ explica también que no se exponen agravios relacionados con la causal de nulidad de la elección relativa a dolo o error en el cómputo. Además de que no señala de manera expresa las casillas que –al ser parcial- debería ser objeto de recuento.
Por el momento el efecto jurídico es que se confirman las cosas como se encuentran con la constancia de mayoría válida para el Partido Acción Nacional.
Sin embargo el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro aún debe resolver el juicio de nulidad que interpuso el Movimiento Regeneración Nacional identificado como 18/2024. Se estima que en próximos días la autoridad vuelva a sesionar para continuar con los desahogos correspondientes.
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