Aprueban Ley Federal para Regulación del Cannabis
El Congreso Federal en México aprobó la nueva ley para la regulación del Cannabis; sin embargo, la estrategia podría ver resultados hasta el 2022
El Congreso Federal en México aprobó el consumo de marihuana con fines lúdicos, esto a través de la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis que presentó el senado de la república, desde el año pasado.
Se han hecho varios ajustes pero lo esencial se mantiene: los domicilios particulares donde haya cuando menos un consumidor podrán tener hasta seis plantas, que podrán convertirse en hasta ocho si hay dos consumidores o más.
El caso viene desde la Suprema Corte, en donde se decidió que el consumo de cannabis con fines lúdicos debe ser permitido en el país pues se relaciona con el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Quienes deseen tener sus propias plantas al interior de su domicilio deberán tener un permiso especial expedido por la Conadic, pero además habrá usuarios que podrán comprar productos de cannabis psicoactivo en comercios que tendrán licencia especial.
Cabe recordar que el Senado planeaba construir un Instituto para la Regulación y Control del Cannabis, pero la cámara baja decidió que en vez de crear un nuevo instituto, el Centro Nacional para la Prevención de Adicciones se convertirá en la Comisión Nacional contra las Adicciones y se encargará de varios aspectos de la regulación.
Tema aparte es de las asociaciones que podrán ser constituidas con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas mayores de edad.
Las asociaciones podrán cultivar y tener sus propias plantas para consumo de los asociados con fines lúdicos, siempre teniendo en cuenta que el consumo debe ser en el domicilio registrado de la asociación. Ahí se tendrán hasta cuatro plantas por socio, sin exceder en ningún caso de cincuenta plantas.
Además está el tema de comercios, lugares que necesitarán de otra licencia especial para operar en donde se venderá cannabis y sus derivados. Ahí no podrán vender más de 28 gramos por día a la misma persona y no podrán vender productos mezclados con otras sustancias, como alcohol, nicotina, tabaco, cafeína o bebidas energizantes.
Los empaques con cannabis psicoactivo deberán ser genéricos y no tener elementos llamativos para promover una marca o su consumo.
Los comercios además no podrán tener relación alguna con internet. La venta de cannabis y sus derivados no podrá hacerse por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet, ni por cualquier otro medio de venta no personalizada.
Lo que está prohibido
Ya sea por comercio, cultivo o a través de las asociaciones, queda estrictamente prohibido el consumo por parte de menores de 18 años.
De hecho, los menores de edad no podrán bajo ninguna circunstancia, trabajar en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis. Además, como se dijo desde la discusión del Senado, queda prohibido todo acto de promoción de la producción y el consumo del cannabis en cualquiera de sus presentaciones.
Que se permita el consumo bajo algunas condiciones, no quiere decir que algunas situaciones de portación no sigan siendo penalizadas. Una persona podrá portar hasta 28 gramos de cannabis sin problema, pero de contar con de 28 a 200 gramos (sin alguna autorización expresa) podrá ser remitida a una autoridad administrativa, como un juez cívico. Ahí podrían aplicar multas de hasta 10 mil 600 pesos.
Sin embargo, si se portan más de 200 gramos de cannabis psicoactivo, entonces se persigue delito penal.
El código penal federal también prevé penas para quien produzca, comercie o suministre, aunque sea de forma gratuita, sin tener los permisos necesarios; en esos casos las penas pueden alcanzar hasta los 15 años de cárcel.
También queda estrictamente prohibido manejar bajo los efectos de THC (compuesto activo de la cannabis) cualquier vehículo, así como manejar operar equipo o maquinaria «que pueda causar daño».
La nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis también establece que queda prohibido hacer cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remuneradas bajo los influjos del cannabis psicoactivo.
Además, los consumidores deberán respetar por completo los espacios 100% libres de humo que se establecieron desde la Ley General para el Control del Tabaco, pero la Conadic podrá agregar otros lugares donde el consumo esté prohibido.
Reglas generales como esa las deberá expedir la Conadic a más tardar a los once meses de de la entrada en vigor del Decreto, es decir, lo que podría ocurrir en el primer trimestre del 2022.
A quien no respete los lugares para consumo de cannabis psicotrópico se establecerán multas de hasta 13 mil 300 pesos.
Qué pasará ahora
El congreso lo aprobó y solo falta que el Decreto se publique en el Diario Oficial de la Federación, pero a partir de ahí faltan muchos pasos para que se expidan los primeros permisos.
En un plazo máximo de tres meses, el presidente tendrá que hacer adecuaciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. A partir de ahí, en un plazo máximo nuevamente de tres meses el presidente tendrá que hacer las adecuaciones para que el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones se transforme en la Comisión Nacional contra las Adicciones.
A partir de ahí nuevamente en un plazo máximo de tres meses la nueva Conadic emitirá un programa de prevención y tratamiento al «consumo problemático del cannabis psicoactivo», y el programa nacional de instrumentación y evaluación de la regulación del cannabis. Finalmente dos meses después de ello deberá tener listos todos los demás procedimientos, incluyendo lo que tiene que ver con lugares prohibidos para fumar cannabis.
La Conadic además deberá tener reglas específicas para limitar la adquisición y posesión del consumo de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años y menores de 25 años. La idea es que estas medidas tengan vigor hasta en tanto no se tenga más información sobre estudios de impacto del consumo de cannabis psicoactivo en la salud mental de ese segmento de la población.
Cuando todo lo anterior esté listo, entonces podrá comenzar la emisión de licencias y permisos de comercialización, producción, distribución, y con fines de investigación. Dados los tiempos propuestos, ello podría ocurrir en algún punto de 2022.